Resumen | |
[J] | Examen si el cambio de concejal que desempeña la función de portavoz de grupo político municipal de un Ayuntamiento, promovido por una parte de los concejales que forman parte del mismo, se integra en el derecho fundamental al ejercicio del cargo público.(publicado en Actualidad Diaria 4694 el 27 de julio de 2022) |
texto publicado volver | |
La Letrada de los Servicios Jurídicos del Ayuntamiento de Jerez de la Frontera interpone recurso de casación contra la sentencia desestimatoria de 2 de junio de 2021, dictada en el recurso de apelación núm. 286/2020, por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, Sección Tercera, seguido en el procedimiento para la protección de derechos fundamentales por la representación procesal de los Concejales del Grupo Municipal Popular en el Ayuntamiento de Jerez de la Frontera que, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo núm. 1 de los de Jerez de la Frontera, formuló recurso 233/2020, frente a la vía de hecho por la negativa de la Alcaldesa de reconocer la designación de don Cayetano como portavoz del Grupo Municipal Popular, así como sus efectos jurídicos e indemnización el cual fue estimado por sentencia de 16 de septiembre de 2020. La sentencia del Juzgado analizó si, una vez constituido el grupo político tras haber designado en el escrito de constitución quién había de ser el portavoz, el cambio de portavoz ha de ser comunicado a la Presidencia mediante escrito suscrito por todos sus integrantes, o es suficiente que vaya suscrito por la mayoría de los integrantes, en el caso presente ocho de los nueve. El Supremo desestima el recurso del Ayuntamiento. | |
texto publicado volver |
Los suscriptores de este Diario tiene 5 ventajas:
1 Prioridad en la recepción de los envíos del Diario.
2 El Diario se puede recibir en tres e-mail diferentes por cada suscripción.
3 Acceso a todos los Diarios publicados desde el número 1 (16 años de histórico).
4 Buzón de e-mail POP3 y web gratuíto para recibir el Diario y cualquier otro uso. Pulse aquí
5 Pedidos de libros sin gastos de envío. Ultimas novedades, aquí
Estamos a su servicio en el
telefono 902 198 832
(L a V de 9:00 a 20:00)
Las e-fuentes consultadas: |
Legislaci�n: DOCE, BOE, Boletín Oficial de las Cortes Generales (BOCG). |
Jurisprudencia:
TC, TS, TJUE y TEDH. |
Noticias:
europa press, EFE, EL PA�S, EL MUNDO, ABC, LA RAZ�N, LA VANGUARDIA,
EXPANSI�N |
Documentaci�n
oficial: Presidencia del Gobierno,
Ministerio de Hacienda-Agencia Tributaria, Ministerio de Trabajo-Seguridad
Social, Ministerio de Justicia y CGPJ. |
Documentaci�n
corporativa: Consejo
General de la Abogac�a-Colegio de Abogados de Madrid, Consejo General
del Notariado, Colegio de Registradores, Consejo General de Procuradores-Colegio
de Madrid, Asociaciones judiciales (APM, JpD, Fco. Vitoria) |
© 2002-2015 PYB ENTERPRISES S.L. Este diario es una publicación distribuida por paraprofesionales.com y se dirige exclusivamente a sus suscriptores. Su reenvío a terceras personas distintas del destinatario requiere autorización expresa de PYB ENTERPRISES, SL S.L. PYB ENTERPRISES S.L. no se hace responsable de las decisiones tomadas con base en el contenido del presente diario. Las colaboraciones firmadas recogen la opiniones de sus autores. paraprofesionales.com
es una web de PYB Enterprises, SL. PYB Enterprises, SL. Centro de trabajo:
Fuentesauco,9 local. 282024 Pozuelo de Alarc�n
(MADRID). TELEFONO 902 198 832 – Fax 901 02 03 62. email de contacto. |